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Daniel Miguel Izquierdo (Colchones DAIFE) se ha comprometido a hacer accesible su sitio web, de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles 

Situación de cumplimiento

Este sitio web resulta parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018 alcanzando el nivel AA previsto por la normativa, debido a las excepciones y falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.

Contenido no accesible

El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:

Preparación de la presente declaración de accesibilidad

La presente declaración fue preparada el 23/08/2024, con conformidad del nivel AA de las WCAG 2.0.

El método empleado para la presente declaración ha sido una autoevaluación manual con el apoyo de herramientas automatizadas siguiendo los requisitos de la norma UNE-EN 301-549:2019.

Última revisión de la declaración: 23/08/2024.

Observaciones y datos de contacto

Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a) del RD 1112/2018) como por ejemplo:

A través del email gestion@colchonesdaife.com o llamando al teléfono 659 915 006

Puede presentar

En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima

Procedimiento de aplicación

Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, esta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente, se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.

La reclamación puede ser presentada a través de la Instancia Genérica de la Sede electrónica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, así como en el resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las reclamaciones serán recibidas y tratadas por la Subdirección General de Inspección de Servicios del Ministerio.




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